Estatuto


 VIEDMA, 25 JUL 2007

VISTO el expediente N° 5073-IGPJ-2007, mediante el cual la Asociación Civil denominada: ASOCIACION CIVIL FEDERACION RIONEGRINA DE HOCKEY, solicita la concesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del artículo 33° inciso 1°) Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial No 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Por ello;
LA INSPECTORA GENERAL DE LA
INSPECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada: ASOCIACION CIVIL FEDERACION RIONEGRINA DE HOCKEY, constituida y con domicilio en General Roca Departamento del mismo nombre de esta Provincia, el día 15 de octubre de 2004 y apruébase su estatuto social obrante de foja treinta y uno (31) a treinta y ocho (38) del expediente aludido.

ARTICULO 2°.- INSCRIBESE; a la misma bajo el número: DOS MIL TRESCIENTOS CINCO (N" 2.305).

ARTICULO 3°.- Registrese, comuniquese, tómese razón, publiquese en el Boletin Oficial y archivese.

 

CD
RESOLUCION Nº 6


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